
La COMIBOL realiza en Cerro Rico operativos, retiene mineral ilegal e inicia acciones penales
Potosí, 22 de octubre de 2025 (COMIBOL)
La Corporación Minera de Bolivia (COMIBOL), Gerencia Regional Potosí, realizó en los últimos días intensos operativos de control, retención y secuestro de mineral ilegalmente extraído del Cerro Rico, que son acumulados en depósitos clandestinos. Asimismo, se inició acciones penales en contra de los infractores.
Las extracciones de óxidos de plata son declarados ilegales si los operadores mineros no entregan tornaguías (permisos para comercializar mineral) en las trancas de control que tiene desplazado la COMIBOL en el macizo rocoso.
Para evadir los puestos de control los operadores clandestinos habilitan depósitos ilegales de mineral en puntos estratégicos de las faldas del Cerro para movilizar carga fuera de la ley en horarios de trabajo no permitidos.
El pasado fin de semana la COMIBOL secuestró más de 120 tn. de óxidos de plata que se hallaban acumulados por debajo de la montaña en un depósito casi imperceptible.
Ingenieros y abogados de la estatal minera intervinieron el lugar con maquinaria pesada para secuestrar la carga conforme a procedimientos legales establecidos.
Acopio de mineral prohibido
El gerente regional de la COMIBOL en Potosí, Ing. Iván Fuertes, informó que desde el pasado 1 de octubre, está terminantemente prohibido la acumulación de óxidos en las faldas y alrededores del Cerro Rico de Potosí.
Los infractores a la disposición emanada, corren el riesgo, no solo de perder la carga, sino, estar sujetos a procesos penales, advirtió Fuertes.
La autoridad, recordó que, antes de proceder con la aplicación de la ley, otorgaron un plazo fatal para el retiro y traslado del mineral a los operadores que incurrieron en estas prácticas ilegales, hasta el 10 de octubre, fecha que expiró de sobremanera, por lo que, la empresa desató operativos de control para la retención y posterior secuestro de las cargas de mineral.
“En adelante quienes incurran en el acopio ilegal de mineral serán objeto de procesos penales por incurrir en los delitos de: Daño Calificado (Art. 358); Robo de Minerales (Art. 331 Bis); y Robo Agravado de Minerales (Art. 332 Bis) del Código Penal”, precisó Fuertes.
Sostenimiento geológico
La retención y secuestro de cargas ilegales de óxidos de plata, tiene respaldo de la Federación de Cooperativas Mineras de Potosí (Fedecomin) que el pasado 1 de octubre, ordenó, a través de un voto resolutivo a sus afiliados que, “…todas las canchas pampas (depósitos clandestinos de mineral) del Cerro, deben ser eliminadas y prohibidas, es decir, que todos los acopios de los óxidos de las faldas del Cerro Rico deben ser prohibidos…”.
El acopio ilegal de mineral contribuye, sustancialmente, acelerar la degradación geológica del macizo rocoso ya que, los operadores mineros que promueven, realizan voladuras (extracción con dinamita y uso de maquinaria pesada) de óxidos de plata y, por lo tanto, generan, daño irreversible a la montaña.
La prohibición de los acopios contribuirá, decididamente, a evitar daño geológico a la gradiente del Cerro Rico y, por lo tanto, evitar la existencia de nuevos hundimientos.


